{"id":9385,"date":"2024-12-10T19:11:29","date_gmt":"2024-12-10T18:11:29","guid":{"rendered":"https:\/\/extali.eu\/docs\/gute-hospitalpraxis\/1-kontext-des-krankenhauses\/1-2-patientenorientierung\/1-2-21-koerperliche-fixierung\/"},"modified":"2025-11-11T11:05:20","modified_gmt":"2025-11-11T10:05:20","slug":"1-2-21-restriccion-fisica","status":"publish","type":"docs","link":"https:\/\/gutehospitalpraxis.de\/es\/handbuch\/1-kontext-de-krankenhauses\/1-2-patientenorientierung\/1-2-21-koerperliche-fixierung\/","title":{"rendered":"1.2.21 Procedimiento de inmovilizaci\u00f3n f\u00edsica"},"content":{"rendered":"
La contenci\u00f3n f\u00edsica de los pacientes no es inevitable en el hospital. Esto incluye todas las medidas que restringen la libertad de movimiento del paciente, tales como<\/p>\n\n\n\n
Las siguientes normas se presentan y explican con el fin de proteger al personal hospitalario frente a acusaciones de privaci\u00f3n de libertad, coacci\u00f3n, lesiones corporales, homicidio por negligencia u homicidio involuntario y de proporcionarle la seguridad necesaria en el desempe\u00f1o de sus funciones.<\/p>\n\n\n\n
Se aplica a todos los departamentos del hospital<\/p>\n\n\n\n
S\u00f3lo se aplica la fijaci\u00f3n:<\/p>\n\n\n\n
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El m\u00e9dico s\u00f3lo puede ordenar la inmovilizaci\u00f3n si el paciente o su representante legal han dado su consentimiento por escrito o si el tribunal local o un tribunal penal ha ordenado la inmovilizaci\u00f3n del paciente.<\/p>\n\n\n\n
El personal de enfermer\u00eda s\u00f3lo puede sujetar a los pacientes por orden del m\u00e9dico que los atiende.<\/p>\n\n\n\n
En el caso de pacientes que son tratados en un pabell\u00f3n psiqui\u00e1trico cerrado de acuerdo con Psych KG, se considera que la orden m\u00e9dica ha sido dada por el ingreso.<\/p>\n\n\n\n
El m\u00e9dico debe informar al paciente y\/o a su representante legal de la naturaleza, consecuencias y necesidad de la medida y obtener su consentimiento por escrito para la intervenci\u00f3n. Si no se da el consentimiento, el m\u00e9dico debe solicitar al tribunal local del lugar de residencia del paciente una orden de contenci\u00f3n f\u00edsica. Si no se puede contactar con el tribunal local, el responsable es el tribunal tutelar de Colonia (anexo 1).<\/p>\n\n\n\n
Tel\u00e9fono 477-0, Fax 477-1918<\/p>\n\n\n\n
Si el beneficiario de la asistencia consiente la restricci\u00f3n f\u00edsica y la restricci\u00f3n es permanente (24 horas) y regular (m\u00e1s de siete d\u00edas), tambi\u00e9n se requiere otra orden judicial.<\/p>\n\n\n\n
En caso de peligro para la vida o la integridad f\u00edsica de las personas o del paciente que deba ser sujetado, el personal m\u00e9dico o de enfermer\u00eda puede sujetar inmediatamente a un paciente si no es posible adoptar ninguna otra medida y la sujeci\u00f3n es proporcionada tras sopesar todas las circunstancias. Tan pronto como deje de haber riesgo para la vida o la integridad f\u00edsica, debe levantarse la sujeci\u00f3n. Si la sujeci\u00f3n ha sido impuesta por el personal de enfermer\u00eda, debe informarse inmediatamente al m\u00e9dico que atiende al paciente. Si la sujeci\u00f3n debe mantenerse, debe ordenarse como se indica en el punto 3.1.<\/p>\n\n\n\n
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El m\u00e9dico tratante debe informar al paciente o a su cuidador de acuerdo con el VA \"Informaci\u00f3n y consentimiento antes de intervenciones m\u00e9dicas\". El protocolo de consentimiento informado y la declaraci\u00f3n de consentimiento firmada por el paciente o su representante legal deben adjuntarse al expediente m\u00e9dico. El consentimiento puede retirarse en cualquier momento.<\/p>\n\n\n\n
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Debe redactarse un informe sobre la retenci\u00f3n en caso de evitar un peligro, en el que se indique la situaci\u00f3n de peligro, las personas amenazadas con sus nombres y direcciones, las medidas adoptadas y los testigos con sus nombres y direcciones.<\/p>\n\n\n\n
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