1.2.09 Deber de confidencialidad y protección de la vida privada Lectura estimada: 1 minuto 655 vistas Autores Objetivo y finalidad Aclaración de los puntos críticos de la obligación de confidencialidad. Se trata de regular la confidencialidad y la protección de datos. Debe regularse en particular el procedimiento relativo a las fotografías, las grabaciones de audio y la participación en exámenes o auditorías. Protección de los historiales médicos y demás información frente al acceso o divulgación no autorizados. Identificación y observancia de los deseos personales en materia de protección de la intimidad (desvestirse, cubrirse el pelo, etc.) Debe aclararse el procedimiento en situaciones especiales, como informar a los familiares, sospechas de negligencia y abuso o uso indebido de alcohol, medicamentos o drogas. La intimidad personal también debe respetarse en el hospital. Esto puede incluir: la posibilidad de guardar objetos personales en un armario, garantizar la intimidad durante los exámenes y mantener conversaciones sin ser molestado en una habitación separada. Los nombres de los pacientes no deben mostrarse públicamente (por ejemplo, en la puerta). Debe prepararse un procedimiento para obtener el consentimiento. § Artículo 203 StGB; Artículo 39 BRRG; Artículo 9 Código de conducta profesional de los médicos Archivos adjuntos 1.2.09_01_qm_hush_duty_instructionDescargar 1.2 Orientación al paciente -Anterior 1.2.08 Instrucción, formación, asesoramiento Próximo- 1.2 Orientación al paciente 1.2.10 Cooperación con grupos de autoayuda (organizaciones de pacientes)