1.2.10 Cooperación con grupos de autoayuda (organizaciones de pacientes) Lectura estimada: 2 minutos 135 vistas Autores Finalidad y objetivo Los grupos de autoayuda desempeñan un papel fundamental a la hora de hacer frente a una enfermedad, sobre todo si es crónica. El hospital debe mantener los contactos adecuados y poder ofrecer recomendaciones a los pacientes. Se reciben las aportaciones de las organizaciones de pacientes y se tienen en cuenta en el desarrollo posterior. Ámbito de aplicación Organización de grupos de autoayuda para pacientes interesados Descripción de la Cada servicio especializado elabora una lista de grupos de autoayuda cuyas direcciones se comunican a los pacientes. Dado que el hospital actúa como intermediario y asesor, sólo se recomiendan contactos que hayan sido verificados por los médicos tratantes. Si esta comprobación no es posible mediante contacto personal, deben recabarse informes y referencias. En caso de estrecha colaboración con grupos de autoayuda legalmente organizados, los médicos recomendadores deben insistir en que los representantes del grupo de autoayuda reconozcan formalmente los principios rectores del BAG. Documentación Lista de los grupos de autoayuda que se recomiendan, breve descripción de objetivos y actividades, nombres de las personas de contacto, dirección, números de teléfono. Declaración sobre los principios rectores de los grupos de autoayuda del BAG. Recursos Notas y comentarios Los grupos de autoayuda están subvencionados por las cajas de enfermedad. Sin embargo, no hay que pasar por alto que algunas partes interesadas influyen en los grupos de autoayuda para comercializar sus productos. Esto no es censurable en principio, pero debe reconocerse. El médico recomendante debe estar alerta ante influencias unilaterales. Responsabilidades Persona autorizada por el médico jefe Documentos aplicables Literatura Términos Archivos adjuntos Grupos de autoayuda en Hamburgo BAG independencia de la autoayudavéanse también los enlaces al FSA - Código de conducta AKG - Codex 1.2 Orientación al paciente -Anterior 1.2.09 Deber de confidencialidad y protección de la vida privada Próximo- 1.2 Orientación al paciente 1.2.11 Participación de los familiares