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BUENAS PRÁCTICAS HOSPITALARIAS

BUENAS PRÁCTICAS HOSPITALARIAS

¿Lo sabías?

El manual de gestión de la calidad para todo el hospital

2.5.01 Planificación de los cuidados tras el alta

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1 Objetivo y finalidad

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Las medidas necesarias para planificar los cuidados del paciente tras el alta hospitalaria deben describirse en una instrucción de procedimiento. Deben tenerse en cuenta los aspectos médicos, de enfermería y sociales especiales (participación de los servicios sociales). La planificación comienza en el momento del ingreso hospitalario.

1.1 Asistencia ambulatoria complementaria

Asesoramiento, información, organización, mediación para la atención continuada de los pacientes en su entorno domiciliario tras el alta hospitalaria. Establecimiento de un sistema de apoyo ambulatorio sostenible o reintegración en las estructuras asistenciales existentes para garantizar el éxito del tratamiento médico.

1.2 Hospitalización de larga duración

Asesoramiento e información a pacientes y familiares sobre cuidados de corta duración o internamiento permanente en un centro adecuado, como una residencia de ancianos o un hospicio. Apoyo en la búsqueda de una plaza en una residencia de ancianos, un hospicio o un centro de cuidados de corta duración, teniendo en cuenta los deseos del paciente y sus familiares. La planificación y la organización se llevan a cabo en colaboración con el paciente, el personal de la planta y los servicios sociales. Se reconocen y tienen en cuenta, en la medida de lo posible, los deseos especiales de los pacientes y sus familiares. Si es necesario, se complementan los cuidados en el entorno domiciliario con otras medidas.
El requisito previo para la organización de los cuidados posteriores es el alta directa del paciente del HOSPITAL. Si el paciente es trasladado a otro hospital o dado de alta en una clínica de rehabilitación, este centro organiza la asistencia en un entorno domiciliario o en cuidados de larga duración.

2 Aplicación

Estas instrucciones de procedimiento se aplican a los pacientes que, tras ser dados de alta, requieren cuidados temporales de tratamiento médico y/o cuidados ambulatorios posteriores o cuidados hospitalarios de larga duración porque no pueden organizar o realizar de forma autónoma su higiene personal, alimentación y tareas domésticas. Para los cuidados hospitalarios de larga duración, debe existir una necesidad de asistencia residencial en el sentido del seguro de dependencia.
La base para ello es la voluntad del paciente y, en su caso, de sus familiares de buscar asesoramiento y aceptar ayuda. Si un paciente no es legalmente competente en el sentido de la ley de tutela, deben cumplirse los requisitos de la ley de tutela antes de iniciar la asistencia posterior (véase el punto 6.2). La ley de tutela debe ser observada aquí y un retraso significativo en el alta es de esperar en casos individuales. Los usuarios son los servicios sociales, el servicio médico y el servicio de enfermería.

9 Documentos aplicables

9.1 Literatura, normativa

El artículo 11 (párrafo 4) del SGB V establece: "Los asegurados tienen derecho a la gestión de la asistencia, en particular para resolver los problemas durante la transición a los distintos ámbitos de asistencia; esto incluye también la asistencia de seguimiento por parte de especialistas. Los prestadores de servicios interesados velarán por que la persona asegurada reciba una atención de seguimiento adecuada y se facilitarán mutuamente la información necesaria. En el cumplimiento de esta tarea deben contar con el apoyo de las cajas del seguro de enfermedad. Los centros asistenciales deben participar en la gestión de la asistencia; debe garantizarse una estrecha colaboración con los asesores asistenciales conforme al apartado 7a del Libro Undécimo".

9.2 Condiciones

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